COMUNICACIONES.
Creado el 02 10, 2010 por positivo.com.bo
Festividad Virgen de Guadalupe 2010,
El segundo domingo de octubre se celebra en Caraparí la Fiesta patronal de la Virgen de Guadalupe, festividad de mucha tradición en la provincia Gran Chaco y que dio renombre a Caraparí.
La tradición oral recogida de los ancianos del lugar y sus alrededores, cuenta que durante las incursiones de los blancos en pos de conquistar los territorios del Chaco, se enfrentaron brutalmente con los silvícolas, batiéndose en sanguinarios combates, cuando se les apareció la virgen levitando en el aire, dando por concluida la refriega. De ahí la tradición de festejar a la Virgen de Guadalupe en Caraparí.
Al principio el festejo duraba solamente 3 dias: domingo, lunes y martes, en la actualidad se celebra la semana completa.
Se celebra el segundo domingo de octubre, con la misa mayor y posterior procesión por las principales arterias del pueblo.
El Sábado anterior se inicia con una magnifica serenata al aire libre en el mismo frontis del templo, por cuyo escenario transitan los mejores exponentes del folklores local, Departamental y Internacional. Grupos y solistas como Antonio López, Yalo Cuellar, Enrrique Jurado, Negro Palma, Dalmiro Cuellar, Taricanto, Negro Salvatierra, Vale Cuatro, los Cantores del Alba, Los Tres del Rio, Los Manseros Santiagueños, El Chaqueño Palavecino, Los Huayra, por nombrar algunos de los que pasaron por esta serenata, deleitan con sus mejores canciones a la gente que se da cita desde distintas regiones de la zona, el Departamento y el Pais, e incluso de la Republica Argentina.
Creado el 08 10, 2010 por positivo.com.bo

El presidente Morales promulgó hoy a las 9:50 la ley contra Racismo y toda Forma de Discriminación. Ley que estuvo 13 horas de debate el pleno de la Cámara de Senadores y fue sancionada por la mayoría oficialista.
La promulgación de la ley fue realizada a pesar de las protestas de organizaciones de la prensa que se movilizan a nivel nacional, gran parte de la ciudadanía y la oposición política.
ARTÍCULOS POLÉMICOS:
Artículo 16. (Medios masivos de comunicación). El medio de comunicación que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujeto a reglamentación. "Delitos Contra la Vida, la Integridad y la Dignidad del Ser Humano".
Artículo 23.
Se incorpora en el Título III del Libro Segundo del Código Penal, "el capítulo V" denominado: "Delitos contra la Dignidad del Ser Humano", el mismo que comprenderá las siguientes disposiciones:
I. La persona que arbitrariamente e ilegalmente, restrinja, anule, menoscabe o impida el ejercicio de derechos individuales o colectivos por motivos de raza, origen nacional o étnico, color, ascendencia, pertenencia a naciones y pueblos indígena originario campesinos o el pueblo afroboliviano o uso de su vestimenta o idioma propio, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a siete años.
II. La sanción será agravada en un tercio el mínimo y en una mitad el máximo cuando:
a) El hecho sea cometido por una servidora o servidor público o autoridad pública.
b) El hecho sea cometido por un particular en la prestación de un servicio público.
c) El hecho sea cometido con violencia.
Además, de otras definiciones referidas en el mismo artículo 23 a la discriminación, difusión e incitación al racismo o la discriminación, a organizaciones o asociaciones racistas o discriminatorias, a los insultos y otras agresiones verbales por motivos racistas o discriminatorios.
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